Lingote de oro de inversión junto a una factura y una calculadora

Oro de inversión en la joyería: IVA, comisiones y autofacturación

Cuando una joyería se plantea vender oro de inversión, la primera duda casi nunca es comercial: es fiscal. ¿Lleva IVA el lingote? ¿Y la comisión? ¿Hay que hacer facturas cada mes? Esta guía resume cómo funciona la fiscalidad del oro de inversión vendido a través de una joyería y cómo se cobran las comisiones en el programa de Oro 1950.

Qué es oro de inversión a efectos de IVA

La Ley del IVA (artículo 140) define el oro de inversión con dos categorías:

  • Lingotes y láminas de oro con una ley igual o superior a 995 milésimas, de un peso aceptado por los mercados de lingotes.
  • Monedas de oro de ley igual o superior a 900 milésimas, acuñadas después de 1800, que tengan o hayan tenido curso legal en su país de origen y cuyo precio no supere en más de un 80% el valor de mercado del oro que contienen.

Todo lo que vende Oro 1950 en oro es de SEMPSA JP, con 999,9 milésimas y acreditación LBMA, así que entra de lleno en la definición.

El IVA del oro y de la plata

  • Oro de inversión: exento de IVA. El cliente paga el precio del lingote o la moneda, sin el 21% encima.
  • Plata: 21% de IVA. La plata no tiene un régimen especial como el del oro de inversión, así que lleva el tipo general. Conviene decírselo claro al cliente, porque mucha gente lo desconoce.

Esta diferencia es una de las razones por las que el oro de inversión se vende tan bien en el mostrador: el precio que ve el cliente es el precio que paga.

El IVA de la comisión de la joyería

La joyería no vende el lingote por su cuenta: media en la venta, y Oro 1950 le paga una comisión. Esa comisión también tiene su tratamiento:

  • Comisión por oro de inversión: exenta de IVA. El artículo 140 bis de la Ley del IVA extiende la exención a los servicios de mediación en nombre y por cuenta ajena en operaciones de oro de inversión.
  • Comisión por plata: con IVA del 21%.

Retención de IRPF

Si la joyería es de un autónomo, a la comisión se le aplica la retención de IRPF que corresponda: el 15% con carácter general, o el 7% en los primeros años de actividad. Si la joyería es una sociedad, no se le practica retención.

Autofacturación: nosotros emitimos la factura de tu comisión

La normativa de facturación (artículo 5 del Real Decreto 1619/2012) permite que la factura la emita el destinatario de la operación en nombre de quien presta el servicio, siempre que haya un acuerdo previo entre los dos. Es lo que se llama autofacturación.

En el programa de Oro 1950 funciona así:

  • El pacto se acepta una vez, al firmar el acuerdo de distribución.
  • Cada joyería tiene su propia serie de facturas, separada del resto.
  • Entre el día 1 y el 5 de cada mes emitimos la factura de las comisiones del mes anterior, con el IVA y la retención que correspondan a cada línea.
  • Te la pagamos por transferencia dentro de ese mismo mes.

Para la joyería, el resultado es que no tiene que hacer ni una factura: recibe la suya, la contabiliza y cobra.

¿Paga más el cliente por comprar en la joyería?

No. El precio es el oficial de Oro 1950, el mismo que en la web, y la comisión sale de nuestro margen. Es uno de los puntos que Germán Muñoz explicó en la entrevista de la revista CONTRASTE.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar el IVA de los lingotes que vendo?

La venta del lingote al cliente la hace Oro 1950, y el oro de inversión está exento. Tú facturas, a través de la autofacturación, tu comisión de mediación, que en el oro también está exenta.

¿Qué pasa con la plata?

El lingote de plata lleva el 21% de IVA para el cliente, y tu comisión por la plata también lleva el 21%.

¿Dónde veo cómo funciona el resto del programa?

En cómo vender oro de inversión en tu joyería sin comprar stock está el proceso completo, y en la página para joyerías las condiciones y el formulario para que te llamemos.

¿Tienes una joyería?

Vende lingotes y monedas de SEMPSA sin comprar stock, con tu propia tienda online y comisión en cada venta. Déjanos tus datos y te llamamos en menos de 24 horas.

Ver cómo funciona

Aviso Legal: Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento financiero ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con tu asesor.

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